NACIONAL - MOVIMIENTO OBRERO

La UE prepara la liberalización del mercado de servicios
La directiva “Frankestein”

En España esta directiva puede tener un gran impacto social, si tenemos en cuenta que el sector servicios ocupa al 65’3% de los trabajadores

La directiva Bolkestein ya ha provocado movilizaciones en Francia, Bélgica, Alemania… Y fue uno de los puntos fundamentales que provocó el NO francés y holandés a la Constitución Europea.


Como directiva “Frankestein” ha sido bautizada la directiva de Servicios de Mercado Interior, más conocida como directiva Bolkestein porque fue impulsada por el comisario Fritz Bolkestein, que se prepara para aprobar antes de diciembre la Unión Europea, y que pretende liberalizar o desregular el sector servicios que puede llegar a afectar al 65% de los empleados españoles.

La nueva normativa comunitaria, calificada por los sindicatos y movimientos ciudadanos como “el Atila de los servicios”, va a regular la libertad e movimientos de las empresas de servicios que contratan a los trabajadores del sector.

En España esta directiva puede tener un gran impacto social, si tenemos en cuenta que el sector servicios ocupa al 65’3% de los trabajadores y que genera en torno al 63’9% del PIB.

La normativa afecta a trabajadores tan diversos como los portuarios –que hace unos meses pararon la actividad en los puertos de la Comunidad Europea en protesta por este proyecto- trabajadores del comercio, hostelería y turismo, trabajadores en la construcción –desde los fontaneros a los arquitectos-, transportistas, taxistas, guarderías, abogados, etc. Sólo quedan fuera los que el gobierno califique como servicios de interés general, entre los que pueden estar los sanitarios, financieros, audiovisuales, algunos transportes, las ETT, juego, notarías y seguridad privada.

Los impulsores de la norma, sobre la que prácticamente todos los gobiernos de la UE se han puesto de acuerdo, no se cansan de pregonar que lo hacen en nombre de “aumentar la competencia en todos los servicios; facilitar a las empresas, sean del país que sean, el acceso al mercado único mediante la desaparición de las actuales restricciones vigentes en cada país; y simplificar la burocracia”.

Precarizar el sector

La nueva directiva, argumentan eliminará todo requisito, tanto para la instalación de las empresas en cualquier país de la UE como para la contratación de trabajadores, por motivos de residencia, permiso de trabajo o autorización previa a las empresas para prestar servicios.
Pero en esencia, con la eliminación completa de las normas que regulan ahora la actividad de las empresas de servicios, lo que se busca es disponer de una mano de obra más abundante, barata y con menos derechos sociales y laborales, procedente sobre todo de los nuevos países incorporados a la Unión Europea, pero que a su vez va a repercutir en que las empresas aprovechen para precarizar las condiciones de trabajo de los trabajadores de servicios en el propio país.

La última reforma introducida a la directiva por el Europarlamento para evitar el “dumping social”, eliminando el llamado principio del “país de origen”, sólo maquilla la realidad, por ejemplo en los salarios, ya que las empresas se podrán ceñir a contratar a un rumano por el salario mínimo interprofesional para trabajar en España o Alemania, lo que a todas luces sigue siendo una descarada rebaja salarial para esos trabajadores.

La directiva “Frankestein” aplica el principio de igualdad pero al revés; es decir, impulsando el enrasamiento de los trabajadores por las condiciones mínimas. Las grandes empresas, como los hipermercados y empresas de la construcción, se frotan las manos y anuncian que “la liberalización del sector supondrá un incremento del Producto Interior Bruto europeo entre un 0’7% y un 1’8%. Lo que no dicen es que será a costa del empeoramiento de las condiciones de trabajo de millones de sus trabajadores.


El “Atila” de los servicios

La directiva Bolkestein va a suponer la desregulación del sector y una mayor precarización de las condiciones de trabajo.

En esencia, cualquier trabajador podrá ser trasladado por la empresa que lo contrate a trabajar en otro país, pero con las condiciones de su país de origen. Es decir que, por ejemplo, cualquier empleado del Este europeo podrá llegar a Alemania o ser trasladado a España cobrando el salario mínimo interprofesional y con los derechos mínimos laborales y sociales vigentes en el país de origen de la empresa contratante.

La normativa precariza el sector discriminando a los trabajadores contratados por las empresas creadas en los países con menos salarios y menos garantías laborales. Crea en un mismo país dos tipos de trabajadores, los de ese país con unos derechos y los trasladados, con contratos temporales o con residencia, sometidos a derechos laborales y sociales más precarios. Y convierte esta división en un instrumento en manos de las empresas para presionar a la baja a los trabajadores del país que acoge, para que acepten peores salarios y condiciones de trabajo.

M. Murcia